En el mar se puede disfrutar de mil maneras y todas ellas muy deseable. Y si lo haces en tu embarcación, disfrutas más.
Como cualquier otro vehículo, según la legislación española es obligatorio el seguro de embarcaciones de recreo para que cubra la responsabilidad civil derivada de la navegación, como de la misma mientas esta atracada, etc. De no hacerlo, los infractores podrían exponerse a multas elevadas contra la seguridad marítima que pueden llegar hasta los 180.000€.
El seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil respecto a posibles daños, tanto materiales como personales y los perjuicios causados a terceros, en este caso mediante el uso de la nave. Dando igual que sea medio de transporte o de ocio, ya sea un barco de vela, una lancha a motor de tipo neumático, rígido o semirrígido. El Ministerio de Fomento indica que este seguro debe cubrir las lesiones corporales, la muerte o los daños materiales producidos a terceras personas, así como la pérdida económica que se deriva de cualquiera de los supuestos anteriores. Incluyendo también los daños originados a buques, aun cuando no haya colisión con ellos.
Cuando una embarcación participa en una regata o en otra competición deportiva, debe también suscribir otro seguro obligatorio, que les ampare no sólo durante el desarrollo de la prueba sino durante las sesiones de preparación o entrenamiento para la misma. Un seguro que es complementario al anterior.
Por las aguas españolas navegan embarcaciones del pabellón nacional y otros pabellones, pero en cualquier caso el propietario debe tener un seguro de responsabilidad civil, dando igual la nacionalidad del propietario y de su embarcación.
La suscripción de otras garantías queda al libre albedrío del dueño y algunas de ellas se antojan importantes, como la cobertura de daños propios de la embarcación. Esta se encarga de cubrir desde casos de robo o pérdida de la nave hasta los daños parciales que puede sufrir la embarcación.
La cobertura de accidentes personales contempla los gastos médicos o incluso por invalidez o fallecimiento de las personas que viajan en la embarcación. Siempre que el accidente se a bordo de la misma.
Otras garantías opcionales son la asistencia en viaje, tanto para el personal de barco como los pasajeros, o la protección jurídica que asegura la defensa de los intereses del asegurado y le ofrece un servicio de asesoría.
Pero siempre se busca innovar en las coberturas y ampliar la oferta. Desde integrar la cobertura en competiciones deportivas sin coste adicional en el seguro, hasta ofrecer descuentos en el precio de la póliza por no siniestralidad, o bien ampliar la zona sobre la que tiene efecto el seguro manteniendo las condiciones del mismo en caso de que la embarcación se alquile a otras personas.
La oferta cuando más amplia, mejor para el cliente que tiene a su disposición una cobertura adecuado a su caso.
Ahora, además de la información necesaria, tienes el presupuesto y las ganas de hacerte con una embarcación de recreo, es el momento de echarte al mar. Eso sí, con la garantía de estar correctamente asegurado.